Guía Definitiva de la Ley Karin Chile: ¿Está su Empresa Realmente Preparada?
Las nuevas obligaciones para empleadores ya están vigentes. Le explicamos paso a paso cómo cumplir con la normativa, desde la denuncia hasta la creación de su protocolo de prevención de violencia en el trabajo.
ACOSODERECHO DEL TRABAJODERECHO LABORALLEY KARIN
Claudio A. Ramos Martínez | Abogado
9/22/20253 min read


Introducción: La Ley Karin cambió las reglas del juego
Desde la entrada en vigencia de la Ley N° 21.643, conocida como Ley Karin Chile, los empleadores enfrentan un nuevo estándar en la protección de sus equipos. Ya no basta con reaccionar; la ley exige un rol proactivo para garantizar ambientes laborales dignos, seguros y libres de acoso sexual, acoso laboral y violencia.
Ignorar estas obligaciones no solo pone en riesgo a sus colaboradores, sino que también expone a su empresa a sanciones y daños reputacionales. Esta guía práctica desglosa sus responsabilidades de manera clara y directa, para que pueda navegar esta normativa con seguridad.
Paso 1: La Recepción de una Denuncia - Su Actuación Inicial es Clave
Cuando un trabajador presenta una denuncia, su respuesta inmediata define todo el proceso. La ley le exige actuar con un protocolo claro y protector.
Garantice la Confidencialidad: La denuncia, sea verbal o escrita, debe recibirse en un espacio privado. Si es verbal, es su obligación levantar un acta, entregar una copia firmada y fechada al denunciante y resguardar la privacidad desde el primer minuto.
Informe sobre los Canales: Debe comunicar claramente al denunciante que tiene derecho a realizar la denuncia internamente o directamente en la Inspección del Trabajo.
Identifique Posibles Delitos: Si los hechos podrían ser un delito (como en casos de acoso sexual), es su deber informar a la persona afectada sobre cómo denunciar ante el Ministerio Público, Carabineros o la PDI.
Paso 2: Medidas de Resguardo Inmediatas - No es una Opción, es una Obligación
Una vez recibida la denuncia, no puede esperar. La ley le obliga a tomar medidas de resguardo inmediatas para proteger a los involucrados, especialmente a la víctima. El objetivo es claro: evitar que el daño se agrave durante la investigación.
Algunas medidas a considerar son:
Separación de espacios físicos entre denunciante y denunciado.
Redistribución de los turnos o la jornada laboral.
Ofrecer atención psicológica temprana a través del organismo administrador de la Ley N° 16.744 (su mutualidad).
Importante: Todas las medidas que adopte deben quedar registradas por escrito, explicando su fundamentación.
Paso 3: La Investigación - Plazos y Principios que No Puede Ignorar
Tiene dos caminos posibles y un plazo estricto:
Realizar una Investigación Interna: Debe designar a una persona capacitada (idealmente con formación en género, acoso o derechos fundamentales) para liderarla.
Derivar a la Inspección del Trabajo: Tiene un plazo de 3 días desde la denuncia para remitir los antecedentes.
Independientemente de la opción que elija, la investigación debe concluir en un máximo de 30 días.
Si opta por la vía interna, el proceso debe respetar principios no negociables: confidencialidad, imparcialidad, celeridad y una obligatoria perspectiva de género, que implica analizar las asimetrías de poder y evitar la revictimización.
Paso 4: La Estrategia Definitiva - Su Protocolo de Prevención de Violencia en el Trabajo
Más allá de la reacción, su obligación más importante es la prevención. La ley le exige desarrollar e implementar un protocolo de prevención del acoso sexual, laboral y la violencia en el trabajo.
Este no es un documento cualquiera. Debe ser elaborado con la asistencia técnica de su organismo administrador (mutualidad) e incorporarse en su Reglamento Interno.
El contenido mínimo de su protocolo debe incluir:
Identificación de peligros y evaluación de riesgos psicosociales (con perspectiva de género).
Medidas concretas para prevenir y controlar dichos riesgos.
Programas de capacitación para todos los trabajadores.
Mecanismos de protección de la privacidad y honra de los involucrados.
Además, debe informar semestralmente a sus equipos sobre los canales de denuncia y apoyo disponibles.
No Deje su Cumplimiento al Azar: Actúe Ahora
Implementar la Ley Karin Chile correctamente es una tarea compleja que va más allá de un simple documento. Requiere capacitación, procesos claros y un compromiso real con la seguridad de su equipo. Un error en el procedimiento puede tener serias consecuencias.
¿Está seguro de que su protocolo de prevención de violencia en el trabajo cumple con cada detalle de la nueva normativa? ¿Sus líderes están preparados para manejar una denuncia de forma correcta y empática?
No corra riesgos. Nuestro equipo de expertos puede ayudarle a auditar, diseñar e implementar un protocolo a la medida de su empresa, garantizando el cumplimiento y fomentando el ambiente laboral seguro que la ley exige y su equipo merece.
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